Zapatero afronta un arbitraje internacional por el cambio en la ley fotovoltaica

    Según explican fuentes del sector, la principal opción legal que contemplan a día de hoy los inversores extranjeros para defender su negocio es acogerse a la Carta Europea de la Energía, declaración suscrita en los años noventa por los principales países europeos con el fin de crear unas condiciones de igualdad y reciprocidad en las inversiones energéticas efectuadas en el continente. Está ratificada por 35 Estados. De hecho, la Asociación de la Industria Fotovoltaica (Asif), que cuenta entre sus 485 asociados con empresas extranjeras con delegación en España, ya prepara una plataforma para canalizar esas reclamaciones.

    Hay tres instituciones que pueden resolver una controversia si un inversor decide someter a arbitraje la disputa con un Estado: el Centro Internacional de Arreglos de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI), vinculado al Banco Mundial; el Instituto de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Estocolmo, o la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI). La cuestión no es baladí, en tanto los laudos son vinculantes y definitivos. “La parte contratante está obligada a prever el cumplimiento efectivo de dichas sentencias en su área”, expone la Carta al explicar el sistema de resolución de controversias.

    Los bancos y empresas extranjeros no se han mantenido pasivos desde que el Gobierno insinuó su intención de cambiar de las reglas de juego en el sector fotovoltaico hace ocho meses. Fondos de inversión internacionales hacían llegar en junio una carta a Zapatero para manifestarle su inquietud por la aplicación con carácter retroactivo de una rebaja en las primas a la producción de las energías renovables. La suscribían firmas como AES Solar, Ampere, Element Power, Hazel Capital, HgCapital, Hudson Clean Energy, Impax, NIBC Infraestructure, Platina y 9/Ren. El capital extranjero comprometido en la industria solar supera los 10.000 millones de euros, con una exposición de 7.000 millones por la gran banca europea.

    No es ni mucho menos el único frente legal que se plantea. Los nacionales también están en armas. “Tenemos la intención de inundar el Constitucional a recursos”, explica un promotor de parques fotovoltaicos. El procedimiento aquí será diferente, ya que la aprobación de la norma mediante Real Decreto-ley blinda la actuación ante los jueces. “Sólo pueden recurrir el presidente del Gobierno, el Defensor del Pueblo, 50 diputados, 50 senadores y los parlamentos y gobiernos autonómicos. Por tanto, los afectados tienen que esperar a que se produzca un acto jurídico que les perjudique para elevar un recurso a la Audiencia Nacional y que ésta plantee una cuestión de constitucionalidad al Tribunal Constitucional. El problema es el tiempo que se puede prolongar este proceso”, se lamenta desde una asociación.



  • Fecha de la noticia: 2011-01-19
  • Fuente: Apecyl
  • Ambito: Local
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