Las distribuidoras eléctricas cobrarán de forma individual en función del consumo de su zona

    El Ministerio de Industria informa de que la normativa, que sustituye a un régimen retributivo provisional de 1998, introduce también un sistema de incentivos para las empresas, asociado al cumplimiento de objetivos de mejora de la calidad del suministro eléctrico. Según destaca Industria, el Real Decreto introduce “certidumbre y estabilidad” en las inversiones de las compañías distribuidoras, lo que redundará en una mayor calidad en el servicio que se da a los consumidores.

    Una de las principales novedades que presenta es la adopción de un nuevo sistema retributivo que tendrá en cuenta el crecimiento de la demanda de electricidad en la zona geográfica en la que opera cada distribuidora, lo que contribuirá a canalizar las inversiones hacia las áreas más necesitadas. Hasta ahora, el dinero que recibía la distribución eléctrica, que se paga mediante la tarifa regulada, se calculaba a partir de datos de consumo del conjunto de España.

    El modelo de retribución se determinará atendiendo a periodos regulatorios de cuatro años y el Ministerio de Industria establecerá todos los años lo que cobrará cada compañía. Para que estos pagos sean lo más objetivos posible, el cálculo se apoyará en un modelo informático que simula un esquema teórico ideal en toda España, tanto desde el punto de vista técnico como económico, denominado Modelo de Red de Referencia (MRR).

    La Comisión Nacional de la Energía (CNE) tendrá que tener el MMR en un plazo de seis meses. El incentivo a la calidad del suministro estará asociado al grado de cumplimiento de los objetivos determinados para los índices que miden esta variable (el Tiepi y el Niepi). Asimismo, habrá un incentivo a la reducción de pérdidas de energía, que se calculará como la diferencia entre el valor de las pérdidas reales atribuibles a cada distribuidora y el valor de pérdidas objetivo de esa compañía.

    Las distribuidoras estarán obligadas a aportar información para permitir la supervisión y control de su actividad por las autoridades. Por otro lado, el Real Decreto compensa las primas a las instalaciones de cogeneración, biomasa y residuos, ya que el cálculo de las subvenciones a la producción fijadas en la normativa de retribución del régimen especial (RD 661) para estas tecnologías no tenía en cuenta las pérdidas por la supresión del mecanismo de garantía de potencia.



  • Fecha de la noticia: 2008-02-18
  • Fuente: Apecyl
  • Ambito: Nacional
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