La Audiencia Provincial de Zamora anula el juicio por la propiedad de un parque eólico

    La Audiencia Provincial ha estimado las alegaciones presentadas por las entidades bancarias que financiaron el parque eólico Nerea I, la Caja de Ahorros de Cataluña, el Banco de Sabadell y La Caixa. La Audiencia Provincial ha decidido estimar el recurso de las entidades de crédito que han pedido personarse en el proceso, dado que son las verdaderas propietarias de los aerogeneradores, siendo Gecalsa arrendataria de los molinos y titular de los derechos de explotación.

    Los magistrados reconocen con la anulación del primer juicio el derecho de las cajas y el banco implicados en el litigio a defender sus intereses ante el Juzgado de Instrucción número 1 de Puebla. En cualquier caso, la sentencia de la Audiencia Provincial de Zamora sí que da por suyas algunas de las afirmaciones realizadas por el titular del Juzgado de Puebla, como es el hecho de que el Ayuntamiento de Calabor no tenga ningún papel activo que jugar en el proceso a pesar de que Gecalsa fue con el municipio con el que negoció la cesión de los terrenos. “Las acciones ejercitadas en nada afectan a bienes o derechos” del Ayuntamiento de Calabor, afirma la sentencia.

    En el texto, los magistrados señalan que los demandantes, “solamente ejercitan su acción sobre las torres edificadas sobre terrenos de su propiedad», cita que viene a legitimar las tesis de la junta vecinal, que siempre ha esgrimido como prueba de sus derechos sobre las fincas donde se construyeron los molinos los documentos expedidos por el Registro de la Propiedad a su favor.

    Para el director general de Gecalsa, Javier Gracia Vidal, la decisión de la Audiencia Provincial de Zamora es muy positiva para los intereses de su empresa, ya que la situación vuelve a su estado inicial y deja sin efecto una sentencia, la dictada por el Juzgado de Instrucción de Puebla de Sanabria, claramente perjudicial para los intereses de la eólica. Ahora, señala el director general de la compañía, tendrán que ser los demandantes los que expliquen sus requerimientos y demuestren fehacientemente la propiedad sobre los terrenos en los que se asienta el parque eólico Nerea, y tendrá que ser el juez el que diga qué derechos les corresponden.



  • Fecha de la noticia: 2009-02-16
  • Fuente: Apecyl
  • Ambito: Local
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