Industria retirará las primas a las plantas que no acrediten su conexión a 30 de septiembre de 2008

    Según fuentes del ministerio consultadas, Industria seguirá dando ayudas al sector para que no se paralice, pero la nueva norma supeditará el pago a que se aporten documentos que acrediten su conexión a esa fecha, cuando entró en vigor el nuevo sistema retributivo, con primas inferiores. La documentación deberá entregarse en un plazo de tiempo “razonable” y, aunque aún está por detallar, entre la información que deberá aportarse podría estar la factura de la compra de los paneles solares o, si ya estaban vertiendo energía al sistema, un documento de Red Eléctrica que lo acredite.

    Las instalaciones que no puedan probar su fecha de conexión serán borradas del registro de primas y ya no podrán cobrar la ayudas estatales con las que el Gobierno quiere impulsar el desarrollo de la energía solar en España. Esta nueva normativa, que seguramente se aprobará mediante un real decreto, llega después de que la Comisión Nacional de la Energía constatara irregularidades en el registro de instalaciones para acogerse al anterior sistema de primas, más elevadas que las actuales. La CNE constató en noviembre que 4.189 instalaciones fotovoltaicas, que suman el 13,3 por ciento de la potencia inscrita, no vertían energía en el sistema eléctrico el 30 de septiembre de 2008, fecha en la que concluyó la vigencia del anterior régimen retributivo.

    Posteriormente, el pasado 11 de diciembre, la CNE aprobó un plan de inspección de instalaciones solares fotovoltaicas, eólicas y de cogeneración para determinar qué plantas tienen derecho a disfrutar de las anteriores primas. Además de ser perseguidos administrativamente, los presuntos infractores podrían ser sancionados penalmente con multas e incluso penas de cárcel, ya que la falsificación de documentos está tipificada como delito.

    Según el Código Penal, las personas que incurran en la falsificación de documentos públicos, oficiales o mercantiles pondrá ser sancionadas con penas de entre 6 y 3 años de cárcel y multas. En el caso de que el falsificador sea una autoridad o funcionario público, las penas de prisión van de 3 a 6 años y podrán ser sancionados también con entre dos y seis años de inhabilitación.



  • Fecha de la noticia: 2009-01-20
  • Fuente: Apecyl
  • Ambito: Nacional
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